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Dirección General de Obras Públicas, DGOP

Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por la Dirección General de Obras Públicas.

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
Director General La Dirección General de Obras Públicas estará a cargo de un Director General, quien en representación del Fisco, podrá celebrar actos y contratos en cumplimiento de las funciones que le corresponden a la Dirección General de Obras Públicas y, en especial, comprar y vender materiales y bienes muebles ; adquirir inmuebles, previa autorización por decreto supremo ; tomar en arrendamiento bienes ; dar en arrendamiento bienes muebles, aceptar donaciones y recibir erogaciones para la realización de sus fines ; girar los fondos que le sean asignados, abrir y mantener cuentas corrientes bancarias en el Banco del Estado de Chile o Banco Central de Chile y girar sobre ellas ; contratar crédito en cuentas corrientes bancarias que no excedan de dos duodécimos del Presupuesto Anual de la Dirección General de Obras Públicas, con la autorización previa del Presidente de la República ; girar, aceptar, endosar, prorrogar, descontar y cancelar las letras de cambio y suscribir documentos de crédito ; contratar pólizas de seguro contra toda clase de riesgos, endosarlas y cancelarlas, percibir y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar los contratos necesarios al cumplimiento de los objetivos que la presente ley encomienda a la Dirección General de Obras Públicas. Asimismo, podrá constituir sociedades relacionadas con sus fines, con la Corporación de Fomento de la Producción y otras Corporaciones y Empresas del Estado, pudiendo, de acuerdo a lo que disponga el Presidente de la República, aportar a ellas bienes fiscales.
Corresponderá a la Dirección General de Obras Públicas llevar el Registro General de Contratistas en la forma que establezca el Reglamento.

a) Dirigir, coordinar y fiscalizar la labor de la Dirección General de Obras Públicas, de sus Servicios dependientes y de aquellos que les encomienda la ley. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10° podrá el Director General, en ejercicio de su facultad fiscalizadora, ordenar la instrucción de investigaciones sumarias o sumarios administrativos, por irregularidades cometidas en cualquiera de los Servicios mencionados en el artículo 13° y designar con tal objeto el Fiscal Instructor, el cual podrá pertenecer a la Dirección General o cualquiera de dichos Servicios.

b) Autorizado por decreto supremo, girar de la Tesorería General de la República, los fondos presupuestarios destinados a la Dirección General consultados en el Presupuesto o en leyes especiales y abrir con ellos, previa autorización de la Contraloría General de la República, las cuentas bancarias a que se refiere el artículo 77 contra los cuales podrá girar para los fines establecidos en esta ley. El Director General, con aprobación de la Contraloría General de la República, podrá autorizar la apertura de otras cuentas bancarias en las sucursales de los bancos señalados en el artículo 77. El Director General podrá facultar a los funcionarios indicados en el artículo 67° para girar contra las cuentas señaladas en el inciso anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 77.

c) Proponer las normas de y rendición de cuentas, las que deberán ser aprobadas por el Presidente de la República, previo informe favorable de la Contraloría General de la República.

d) Contratar estudios, proyectos y ejecución de obras en la forma que determine esta ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 del DL. N° 1.608, de 1976.

e) Proponer al Ministerio las expropiaciones necesarias para la ejecución de las obras.

f) Con acuerdo del Ministro de Obras Públicas destinar, comisionar y encomendar cometidos al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, cuando éstos deban llevarse a cabo en distintos Servicios de aquel en que se encuentra nombrado el funcionario.

g) Someter a la aprobación del Presidente de la República con la anuencia del Ministro de Obras Públicas e informe del Ministerio de Hacienda, la ejecución, reparación o conservación de obras públicas fiscales por el sistema regulado en el art. 87.

h) Fijar las normas sobre la información estadística que corresponde llevar a la Dirección de Planeamiento de acuerdo con la letra f) del artículo 15° e informar mensualmente al Ministro de Obras Públicas y a la Dirección Presupuestos del Ministerio de Hacienda las necesidades mensuales de fondos para la atención de la Dirección General de Obras Públicas.

i) Representar, para todos los efectos, tanto legal como extrajudicialmente a la Dirección General de Obras Públicas.

j) Ordenar a cualquiera de las Direcciones la ejecución de obras que no sean de su respectiva especialidad, cuando razones de interés público calificadas por el Ministro de Obras Públicas, así lo aconsejen.

k) Informar al Ministro de Obras Públicas sobre la marcha de los Servicios y sobre las materias que le soliciten.

l) El estudio, proyección, y construcción y conservación de las obras de defensa de terrenos y poblaciones contra crecidas de corrientes de agua y regularización de las riberas y cauces de los ríos, lagunas y esteros, de acuerdo al procedimiento señalado en los artículos 91 al 101 inclusive de la presente ley y la supervigilancia, reglamentación y determinación de zonas prohibidas para la extracción de materiales áridos, cuyo permiso corresponde a las municipalidades, previo informe de la Dirección General de Obras Públicas. Le corresponderá además, autorizar y vigilar las obras a que se refiere el inciso anterior cuando se efectúen por cuenta exclusiva de otras entidades o de particulares , con el objeto de impedir perjuicios a terceros. Asimismo, le compete indicar los deslindes de los cauces naturales con los particulares ribereños para los efectos de la dictación por el Ministerio de Bienes Nacionales del decreto supremo correspondiente.

m) Corresponderán igualmente al Director General de Obras Públicas en lo que respecta a la Dirección General a su cargo, todas las atribuciones que la presente ley confiere a los Directores.

DFL 850 de 1997, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de ley 15, 840 Orgánica del Ministerio de Obras Públicas. Ver Documento 18/08/2006
Gabinete Unidad de apoyo al Director en las funciones de Secretaría, Comunicaciones, Información y Atención Ciudadana, Asesoría Legal y las demás que se le encomienden. Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Oficina de Auditoría Interna Asesorar y apoyar al Director en materias de auditoría y control internos de modo de velar por el debido uso de los recursos públicos. Sus funciones son:
a) controlar el cumplimiento de las normas de auditoría interna, control interno y probidad administrativa ;
b) proponer programas y medidas de control interno en la Dirección, para el fortalecimiento de la gestión institucional
c) realizar todas aquellas tareas que en el ámbito de su competencia le encargue el Director.
Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Unidad de Prevención de Emergencias y Reconstrucción Coordinar y proponer planes, instrucciones y procedimientos para enfrentar emergencias, para permitir una mejor gestión de respuesta y de prevención. Mantener actualizado el Plan Nacional de Emergencias y el Plan de Enlace del MOP para tener una acción rápida y oportuna de respuesta ante la ocurrencia de emergencias. Supervisar los planes Regionales de Emergencia y de Enlace, con la finalidad de permitir una rápida respuesta a situaciones de emergencia y adecuado flujo de información por medio del Sistema de Información de Emergencia MOP. Las demás funciones establecidas en la Resolución Exenta DGOP N° 2229/2012 /2012 Res. Ex. DGOP N°2229 del 15/05/2012 Ver Documento Sin modificaciones
Departamento de Fiscalización de Contratos Proponer y apoyar a la División de Desarrollo y Estudios en la Elaboración de las normativas reglamentarias, técnicas y administrativas que incidan en la gestión de los proyectos de obras públicas. Asesorar en el cumplimiento de la normativa legal y en sus aspectos técnicos y administrativos, mediante la revisión de los contratos de proyectos que son de competencia del DGOP. Apoyar la fiscalización del cumplimiento de los contratos de estudio y ejecución de obras de los Servicios dependientes, en sus diferentes aspectos o etapas: bases de licitación, convocatoria, evaluación de ofertas, adjudicación, contratación, ejecución, recepción, calificación y liquidación de los contratos. Las demás funciones establecidas en la Resolución Exenta DGOP N° 1333/2011 Res. Ex. DGOP N 1333 del 04/04/2011 N 3 Ver Documento Sin modificaciones
División de Control de Gestión de OOPP Apoyar al Director en el control de la gestión y fiscalización de las obras públicas a cargo de los Servicios dependientes, considerando los estudios de reinversión, diseños de ingeniería, ejecución y explotación. Sus funciones son:
a) proponer, implementar, dirigir y hacer cumplir el Sistema Ministerial de Gestión de Proyectos ;
b) sistematizar y proponer en conjunto con la División de Desarrollo y Estudios de OOPP e implementar los procedimientos, metodologías e indicadores que permitan evaluar el cumplimiento de los estándares de oportunidad, calidad, eficiencia, niveles de servicio, competitividad, transparencia y probidad en la gestión de los proyectos ;
c) proponer y apoyar a la División de Desarrollo y Estudios de OOPP en la elaboración de las normativas reglamentarias, técnicas y administrativas que incidan en la gestión de los proyectos de OOPP ;
d) fiscalizar el cumplimiento de los Contratos de Estudio y Ejecución de Obras de los Servicios dependientes, en sus diferentes aspectos o etapas ;
e) proponer programas y medidas preventivas o correctivas que deriven de la letra d) ;
f) revisar los Contratos de Proyectos que son de competencia del DGOP
g) controlar la ejecución del presupuesto de la DGOP y de los programas que se le encomienden con cargo a otros presupuestos.
Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010

Res.Ex. DGOP N 1333 del 04/04/2011
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08/02/2011

Sin modificaciones
Subdirección General de OOPP a) proponer, implementar y controlar las políticas ministeriales relativas a los sistemas de información, su equipamiento y telecomunicaciones, desarrollar y mantener los sistemas que se le encarguen asegurando su continuidad y confiabilidad, y proveer los servicios de atención a los usuarios ;
b) mantener los registros y sistemas de calificación de contratistas de obras públicas y consultores del Ministerio ;
c) velar por el cumplimiento de las políticas y normas de prevención de riesgos de accidentes laborales y de higiene y seguridad laboral en las obras públicas y en el Ministerio ;
d) velar por el cumplimiento de las políticas y normativa sobre el medio ambiente y participación ciudadana en las obras públicas y asesorar en estas materias a las autoridades ministeriales y los Servicios dependientes ;
e) proponer, implementar y controlar el Plan Ministerial de Acción ante Emergencias derivadas de catástrofes naturales u otras causas que provoquen grave daño a las personas y las obras públicas ;
f) dirigir, coordinar y controlar la administración del personal dependiente de la DGOP, su presupuesto y demás recursos que le sean asignados, y documentación. Proponer, implementar y controlar las metas e indicadores de gestión internos ;
g) coordinar las actividades para la asignación y ejecución presupuestaria anual de la DGOP y de la CCOP.
Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Departamento de Registros de Contratistas y Consultores b) mantener los registros y sistemas de calificación de contratistas de obras públicas y consultores del Ministerio Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Departamento de Prevención de Riesgos c) velar por el cumplimiento de las políticas y normas de prevención de riesgos de accidentes laborales y de higiene y seguridad laboral en las obras públicas y en el Ministerio. Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Secretaría Ejecutiva de Medioambiente d) velar por el cumplimiento de las políticas y normativa sobre el medio ambiente y participación ciudadana en las obras públicas y asesorar en estas materias a las autoridades ministeriales y los Servicios dependientes. Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Oficina de Participación Ciudadana y de Asuntos Indígenas Relacionarse con la Oficina Coordinadora de Asuntos Indígenas del Ministerio Secretaria General de la Presidencia o el órgano que la reemplace, para los efectos de la implementación de la política indígena. Coordinar la aplicación del procedimiento de mecanismos de información y consulta a los pueblos indígenas. Coordinar los procesos de Participación Ciudadana y Consulta Indígena entre las direcciones (nivel central) y las SEREMIS MOP. Las demás funciones establecidas en la Resolución Exenta DGOP N° 2950/2012


Res. Ex. DGOP N 2950 del 28/06/2012 Ver Documento Sin modificaciones
Departamento de Administración f) dirigir, coordinar y controlar la administración del personal dependiente de la DGOP, su presupuesto y demás recursos que le sean asignados, y documentación. Proponer, implementar y controlar las metas e indicadores de gestión internos
g) coordinar las actividades para la asignación y ejecución presupuestaria anual de la DGOP y de la CCOP.
Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Oficina de Recursos Humanos Coordinar y asesorar a la Dirección General de Obras Obras y a la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas en las actividades y materias relacionadas con la administración de recursos humanos y las demás funciones establecidas en la Res. Ex. DGOP N 387/2011. Res. Ex. DGOP N 387 del 04/02/2011 Ver Documento Sin modificaciones
División de Desarrollo y Estudios de OOPP Apoyar al Director en la toma de decisiones y estudio e implementación de normas, procedimientos, metodologías y modelos sobre las obras públicas a nivel de estudios de pre inversión, diseños de ingeniería, ejecución y explotación. Sus funciones son:
a)proponer metodologías de evaluación social y un modelo de optimización del plan de inversiones ;
b) revisar e informar los proyectos de competencia o aprobación del Director ;
c) revisar y proponer las normativas legales, reglamentarias, técnicas y administrativas que incidan en la gestión de los proyectos de obras públicas ;
d) definición de los estándares de servicio de las obras ; asesorar, acorde su competencia, al Director en materia de concesiones de OOPP, especialmente respecto de la selección de los proyectos, estudio, desarrollo y optimización de modelos de negocios, bases de licitación y modificación de contratos
f) promoción de eficiencia tecnológica e innovación en las obras públicas.
Res. Ex. DGOP N 4391 del 09/12/2010 Ver Documento 08/02/2011
Departamento de Estándares de Servicios y Satisfacción de Usuarios a) Generar instrumentos y modelos de análisis de información en materia de estándares de servicios y satisfacción de usuarios ; b) ser la contraparte técnica de estudios que se contraten en materias de calidad de servicio y todos aquellos que sean pertinentes ; c) Realizar la metodología, diseño, construcción y explotación de bases de datos relacionadas con indicadores de calidad de servicio en las obras públicas desde el punto de vista de la demanda ; d) proponer modelos de análisis y de sistematización de la información disponible en las diversas unidades técnicas relacionadas con las obras públicas para el diseño de indicadores y estándares de servicio, por tipo de obra ; e) coordinar el trabajo a desarrollar con las direcciones operativas del MOP y con otros organismos, para la caracterización de los servicios por tipología de obras, identificando sus atributos de calidad, indicadores y estándares ; f) investigar, analizar y dar criterios de las mejores prácticas relacionadas con la prestación de servicios de calidad en ámbitos de infraestructura pública ; g) desarrollar e implementar una política de contratación por nivel de servicio. Res. Ex. DGOP N 5528 del 31/12/2013 Ver Documento Sin modificaciones
Coordinadora de Concesiones de Obras Publicas (CCOP) La Coordinadora de Concesiones de Obras Públicas tiene como funciones: proponer al Ministerio de Obras Públicas la aceptación o el rechazo de las ideas de iniciativa privada de concesión presentadas por particulares, en virtud de lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Concesiones ; proponer al Ministerio de Obras Públicas la programación de los procedimientos de licitación para la contratación de estudios, proyectos y ejecución de obras públicas fiscales a través del Sistema de Concesiones ; proponer al Ministerio de Obras Públicas las condiciones administrativas y económicas a las que se sujetaran los procesos de licitación, para el otorgamiento a concesión de las obras públicas fiscales, de acuerdo a la normativa vigente ; proponer al Ministro de Obras Públicas las normas de fiscalización de los contratos de concesión, según la normativa vigente ; proponer al Ministerio de Obras Públicas las modificaciones que sean necesarias incorporar a los contratos de concesión en construcción u operación, en virtud de lo establecido en la normativa vigente.
DTO 900 de 1996 del Ministerio de Obras Públicas, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N 164, de 1991 Ley de Concesiones de Obras Públicas. Ver Documento 20/01/2010

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